- Subida del IVA. Todos sabemos ya que a partir del 01.07.2010 el IVA por la compra de una vivienda nueva pasará del 7% al 8%. Nada se ha concretado aún en relación al actual ITP (el 7%) que grava las compras de viviendas de segunda mano pero, ante el señalado incremento del IVA, todo apunta a que también subirá. Por tanto comprar antes del 01.07.2010 permite un ahorro del 1%, seguro en vivienda nueva y con muchas posibilidades en caso de segunda.
- Euribor bajo. El euribor está actualmente en el histórico nivel más bajo, en torno al 1,25%. Por tanto comprar ahora e iniciar el pago de una hipoteca representará para cualquiera siruarse en una de las cotas más bajas de pago mensual en que podamos llegar a encontrarnos.
- Eliminación, ó importante reajuste, de la deducción por compra de vivienda habitual. Recordemos que actualmente quien ha comprado, compra ó comprará durante este año 2010 su vivienda habitual, se viene desgravando y se desgravará durante toda la vigencia de su hipoteca el tope del 15% por los primeros 9.015,– euros (unos 1.350,– € por persona) pagados por este concepto.
Con la introducción de la nueva ley de economía sostenible a partir del 01.01.2011, quién cobre más de 24.107,– euros dejará de tener este actual derecho de desgravación. Sólo lo mantendrán en los mismos parámetros actuales quién cobre hasta un máximo de 17.707,– €. Y quienes ingresen cantidades situadas entre estos dos importes indicados mantendrán el derecho pero con unas reducciones graduales.
- Cuenta vivienda. Esta interesante fórmula de ahorro con destino final en la compra de la vivienda habitual, con la nueva ley de economía sostenible, sufrirá a partir del 2011 el mismo cambio de desgravación que la propia adquisición de vivienda.
Hasta ahora cualquiera que abriera una cuenta vivienda podía desgravarse el 15% por los importes aportados y hasta el máximo de los 9.015,– € (unos 1.350,– € anuales). Debiendo comprar en un máximo de 4 años, con la excepción de la moratoria de dos años que aplicó en su momento el gobierno para todas aquellas cuentas que su plazo máximo de compra expirara en 2008 y 2009 y que quedó trasladado a 31.12.2010.
Y a partir del 01.01.2011 sólo podrán seguir desgravandose como hasta ahora los que cobren menos de 17.707,– €. En nada podrán beneficiarse los que cobren más de los 24.107,– €. Y los que ingresen entre estos dos importes lo podrán seguir haciendo pero sólo con las debidas reducciones.